Publicaciones

Inicio | Publicaciones | RN 706-2024-Lima Sur: ¡Insólito! Acusado de Violación Culpa a "La Rosa de Guadalupe" por su Condena… ¡Pero la Justicia No Se Deja Engañar!

Artículos

RN 706-2024-Lima Sur: ¡Insólito! Acusado de Violación Culpa a "La Rosa de Guadalupe" por su Condena… ¡Pero la Justicia No Se Deja Engañar!

La Corte Suprema de Justicia de la República confirmó la condena de cadena perpetua para Ronald Steven Cordero Porras, hallado culpable de violación a una menor de 7 años. El acusado intentó desacreditar la denuncia, argumentando que la menor podría haber sido influenciada por la serie La Rosa de Guadalupe. Sin embargo, las pruebas periciales y la Cámara Gesell demostraron coherencia en el testimonio de la víctima. La defensa alegó falta de pruebas físicas, pero la Corte determinó que en este tipo de delitos, el testimonio de la víctima es clave. Además de la condena, se fijó una reparación civil de S/ 20,000 y tratamiento psicológico para la menor.

Sergio J. DE LA CRUZ
22 de julio, 2023
Valoración
0/5
Compartir:

Caso: RN 706-2024 – Corte Suprema de Justicia de la República del Perú

El Recurso de Nulidad N.° 706-2024 fue interpuesto por Ronald Steven Cordero Porras, condenado a cadena perpetua como autor del delito de violación sexual de menor de edad, en agravio de Y.D.P.V. (7 años). El recurrente solicitó la nulidad de la sentencia emitida el 18 de noviembre de 2023 por la Sala Penal Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, alegando la vulneración del principio de presunción de inocencia, una indebida valoración de prueba psicológica y la ausencia de pruebas objetivas que corroboraran el relato de la víctima.

Uno de los argumentos presentados en su recurso fue que la menor podría haber sido influenciada por la serie "La Rosa de Guadalupe", lo que, según su defensa, generaba dudas sobre la veracidad del testimonio y su posible construcción en base a experiencias televisivas. La Corte Suprema, sin embargo, rechazó este planteamiento, afirmando que no existía prueba objetiva que sustentara dicha hipótesis y que la declaración de la víctima cumplía con los requisitos establecidos en la jurisprudencia nacional.

Iter Criminis: Desarrollo del Delito

  1. Fase de Concepción y Planificación
    El acusado aprovechó su cercanía familiar con la víctima, pues era su primo, para establecer una relación de confianza y crear un entorno en el que pudiera perpetrar los actos ilícitos. Desde enero de 2019, cuando la víctima tenía 7 años, residían en el mismo inmueble en San Juan de Miraflores, facilitando la comisión del delito sin levantar sospechas inmediatas.

  2. Fase de Ejecución del Delito
    El 3 de noviembre de 2019, aproximadamente a las 23:00 horas, el acusado realizó actos de connotación sexual en el baño del segundo piso del inmueble donde ambos residían. La menor relató en Cámara Gesell que el agresor le realizó tocamientos indebidos y la obligó a practicarle sexo oral, hechos que se habrían producido en diversas oportunidades.

  3. Fase de Descubrimiento y Denuncia
    La madre de la menor descubrió los hechos y procedió con la denuncia ante la Policía Nacional. Como parte del proceso investigativo, la víctima declaró en Cámara Gesell, donde su testimonio se mantuvo firme, espontáneo y coherente en todas las etapas procesales, lo que permitió su valoración bajo estándares jurisprudenciales.

  4. Valoración Probatoria y Argumentos de la Defensa
    El Tribunal evaluó la prueba psicológica y social de la menor, que concluyó que presentaba indicadores de afectación emocional severa, con episodios de ansiedad, miedo y pensamientos intrusivos relacionados con el abuso. La defensa alegó que la menor pudo haber sido influenciada por la serie "La Rosa de Guadalupe", pero la Corte Suprema determinó que no existía ningún elemento probatorio que vincule su testimonio con una distorsión de la realidad producto del consumo de contenido televisivo.

  5. Sentencia y Resolución Suprema
    La Corte Suprema desestimó el recurso de nulidad, concluyendo que el testimonio de la menor era persistente y estaba corroborado por otras pruebas. Se ratificó la condena a cadena perpetua, así como el pago de S/ 20,000 por concepto de reparación civil. Además, se ordenó que la víctima reciba tratamiento psicológico especializado, a cargo del Ministerio de Salud, con supervisión del juez de ejecución.

    Conclusión Este fallo reitera la importancia del testimonio de la víctima en delitos de violencia sexual, estableciendo que su valoración debe realizarse con perspectiva de protección a la niñez y no desestimarse por la ausencia de pruebas materiales en delitos de esta naturaleza. La Corte Suprema aplicó criterios establecidos en los Acuerdos Plenarios 2-2005/CJ-116 y 1-2011/CJ-116, reafirmando la validez del relato de la víctima cuando cumple con los estándares de ausencia de incredibilidad subjetiva, verosimilitud y persistencia en la incriminación. Asimismo, se desestimó cualquier intento de la defensa de vincular el testimonio de la menor con elementos ficticios de un programa televisivo, dejando claro que la justicia debe actuar bajo criterios objetivos y no bajo especulaciones sin sustento probatorio. Este fallo fortalece el criterio de que los delitos sexuales cometidos contra menores de edad no requieren la existencia de pruebas físicas para demostrar su comisión, pues estos ocurren en contextos de clandestinidad y muchas veces no dejan rastros evidentes en las víctimas. La resolución sienta un precedente en la jurisprudencia peruana sobre cómo abordar los argumentos defensivos que intentan desestimar denuncias de violencia sexual sin base probatoria y la necesidad de garantizar la protección integral de la víctima a través de medidas de reparación psicológica.
     
     

Comentarios

No se encontraron comentarios

Publicaciones destacadas

Artículos

APL N.º 90-2024. Improcedencia del Recurso de Tutela de Derechos por Falta de Hechos Nuevos

2
0
0/5
Ver más
Noticias

[Apelación 12-2022, Suprema] El plazo de las diligencias preliminares sustracción de la materia.

7
0
0/5
Ver más
Artículos

CAS 1078-2022-HUÁNUCO | ¡Revocan cadena perpetua a violador de menor embarazada!

5
0
0/5
Ver más

SUSCRIBETE

En Derecho Perú, estamos comprometidos con el fortalecimiento del conocimiento jurídico y la promoción de la justicia, suscríbete a nuestra comunidad para acceder a capacitaciones especializadas, publicaciones exclusivas y herramientas prácticas que potenciarán tu carrera en el ámbito legal. Aprovecha esta oportunidad para estar a la vanguardia de la defensa de los derechos y la administración de justicia en el Perú. ¡Impulsa tu futuro profesional con Derecho Perú!

¿Cancelar suscripción?