Inicio | Publicaciones | Acuerdo Plenario 005-2012-CJ-116 -Análisis detallado de los alcances de la etapa de Juicio Oral
Esta jurisprudencia brinda de manera detallada los alcances y contenido del juicio oral (doctrina legal) [AP 5-2012/CJ-116]
ALCANCES DEL JUICIO ORAL
La etapa de juicio oral es la más importante, pues aquí se decide si se mantiene la presunción de inocencia de la persona acusada, con las garantías que comprende. Es claro que la atención del juez en el juicio debe estar enfocada en hacer la audiencia, captar la información y expedir las resoluciones orales y escritas; por ello la percepción y valoración incidirá en la prueba producida por el Ministerio Público y la defensa. La norma general, ubicada en el capítulo "Actos procesales", es el artículo 129, del CPP citado. Esta norma permite señalar que la citación, durante el proceso penal, puede corresponder a diversos órganos estatales, en función a la etapa o rol del sujeto procesal, Ministerio Público u órgano jurisdiccional. La investigación preparatoria está a cargo del fiscal. Por ello es que el personal del Ministerio Público le corresponda citar a testigos y peritos. Las etapas intermedias y juicio oral se realizan bajo la conducción del órgano judicial respectivo, siendo lo pertinente que los testigos y peritos sean citados por el órgano jurisdiccional.
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