Inicio | Publicaciones | APL 313-2023: Presunción de Inocencia Triunfa en Apelación por Robo Agravado
La Corte Suprema, mediante la APELACIÓN N.° 313-2023, revisó una sentencia que revocó la absolución de dos acusados por el delito de robo agravado en grado de tentativa. La Segunda Sala Penal de Cusco condenó a los acusados basándose en pruebas insuficientes, sin superar la duda razonable. En su fallo, la Corte Suprema reafirmó el principio constitucional de presunción de inocencia, revocando la condena y confirmando la absolución emitida en primera instancia. Se ordenó levantar las órdenes de captura y archivar el proceso, citando la aplicación del principio "in dubio pro reo".
En el caso APELACIÓN N.º 313-2023, la Corte Suprema de Justicia evaluó la apelación interpuesta por Ismael Huillca Huamán y Manuel Huamán Cconislla, quienes fueron previamente condenados por la Segunda Sala Penal de Apelaciones de Cusco por el delito de robo agravado en grado de tentativa, en agravio de la menor Flor María Zuloaga Rojas. En primera instancia, ambos acusados habían sido absueltos debido a la falta de pruebas contundentes que superaran la duda razonable. Sin embargo, la sentencia fue revocada por la Sala Superior, condenando a los acusados a seis y ocho años de prisión, respectivamente.
Iter Criminis: El iter criminis del caso se inició cuando la menor agraviada y su amigo Julio Fernando Ñahui Huamaní fueron interceptados por un grupo de jóvenes en estado de ebriedad. Según la acusación fiscal, uno de los acusados, Manuel Huamán Cconislla, agredió físicamente a la agraviada, mientras que Ismael Huillca Huamán se enfrentó en una gresca con Julio Ñahui. Durante el incidente, supuestamente se sustrajeron las mochilas y el celular de la agraviada. Sin embargo, la defensa de los acusados alegó que no hubo intención de robo, y que la confrontación fue producto de una pelea sin relación directa con el apoderamiento de los bienes.
La prueba principal de la fiscalía se basó en las declaraciones de la agraviada y su testigo, quien afirmó que la mochila fue recuperada y entregada a los agentes policiales. No obstante, las declaraciones fueron inconsistentes, y no se acreditó con claridad que los bienes sustraídos hubieran sido arrebatados definitivamente de la posesión de la agraviada.
Fundamentos Jurídicos: La Corte Suprema analizó la falta de coherencia entre las declaraciones y la insuficiencia de pruebas objetivas, señalando que la presunción de inocencia no había sido debidamente enervada. En particular, no se probó que el daño en el celular de la agraviada ocurriera durante el supuesto robo, ni que la violencia ejercida contra la menor fuera con el propósito de sustraerle bienes. Por el contrario, el testigo Julio Ñahui Huamaní aseguró que mantuvo la posesión de las mochilas durante todo el incidente.
Decisión Final: La Corte Suprema aplicó el principio de in dubio pro reo, que garantiza que, en caso de duda razonable, se resuelva a favor de los acusados. Se revocó la condena impuesta en segunda instancia y se restituyó la absolución emitida en primera instancia. Se ordenó el levantamiento de las órdenes de captura y el archivo definitivo del proceso.
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